Difundir los alcances de la Ley 20.084, conocida como Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (RPA), y la mediación penal juvenil como alternativa para la resolución de conflictos; fue el sello de las charlas dictadas a 624 estudiantes de 12 establecimientos educacionales de la región, por profesionales del Servicio de Reinserción Social Juvenil de Tarapacá.
La iniciativa se enmarca en la estrategia del Plan de Seguridad Pública de la Delegación Presidencial Regional de Tarapacá, con el fin de abordar acciones orientadas a reforzar el trabajo preventivo intersectorial al interior de los establecimientos educacionales, tras el aumento de los casos de violencia escolar en la región, así como otros delitos.
Las exposiciones, a cargo de la jefa jurídica (s) del servicio, Andrea Briceño; y el mediador penal juvenil de la institución, Óscar Arqueros, se realizaron entre octubre y la primera semana de noviembre.
Las charlas estuvieron dirigidas a estudiantes de séptimo a tercero medio de establecimientos de Iquique, como colegio San Martín, Instituto Comercio Baldomero Wolnitzky, liceo Politécnico y liceo María Auxiliadora. Además de colegios de Alto Hospicio, como Academia Nacional y Simón Bolívar.
Para Liliana Romero, directora regional del Servicio de Reinserción Social Juvenil de Tarapacá, “nuestro compromiso es apoyar de manera directa el Plan de Seguridad Pública, a través de las charlas en los colegios, para que las y los jóvenes conozcan las sanciones y medidas a las que pueden estar afectos según la ley de Responsabilidad Penal Adolescente, en caso de cometer delitos o realizar acciones que afecten a terceros”.
RPA y Mediación
Durante las jornadas de difusión, los profesionales del servicio explicaron a los estudiantes los alcances de la ley de Responsabilidad Penal Adolescente (RPA) y la mediación penal, y sus implicancias en el contexto legal.
Según la jefa jurídica (s) del servicio, Andrea Briceño, la ley RPA establece un sistema de responsabilidad para los adolescentes, entre 14 y 17 años 11 meses y 29 días, que violen la ley penal, con el fin de reinsertar a los jóvenes en la sociedad. Este proceso está a cargo del Servicio de Reinserción Social Juvenil, que es la entidad especializada de administrar y ejecutar las medidas y sanciones contempladas en la Ley 20.084.
En ese contexto, puntualizó que “mientras se realiza la investigación, los tribunales pueden ordenar medidas cautelares no privativas de libertad, como la medida cautelar ambulatoria (MCA), y medidas cautelares privativas de libertad, como la internación provisoria (IP)”.
La jefa jurídica (s) del servicio acotó que durante el proceso, las y los jóvenes infractores tienen derechos que la ley garantiza, como es que principio de inocencia, conocer el motivo de su deteción, ser informado de los hechos que se le imputan, contar con un defensor penal y ser tratado con dignidad.
En cuanto a las sanciones, Briceño comentó que la ley contempla sanciones privativas de libertad, como la internación en régimen cerrado (IRC) con programa de reinserción social; y la libertad asistida especial con internación parcial (LAE-IP).
También existen otras sanciones en la ley, como la libertad asistida especial (LAE), libertad asistida simple (LAS) y servicio en beneficio de la comunidad (SBC). Además de la reparación del daño causado y amonestación.
En tanto, Oscar Arqueros, mediador penal juvenil del servicio, señaló que la Mediación Penal Juvenil es una de las innovaciones de la ley; y que complementa la justicia procesal penal. “La mediación es parte de la justicia restaurativa, donde la víctima y el ofensor acuerdan determinar, conjuntamente, la reparación real o simbólica del daño ocasionado con la comisión de un delito, proceso que es asistido por un mediador”, sostuvo.
Agregó que lo importante son los principios de la mediación, ya que “ésta es voluntaria, confidencial e imparcial. Además, una de sus ventajas es que evita la judicialización, donde la víctima y el ofensor asumen un rol central para la solución del conflicto, mientras que ayuda a las comunidades a comprender las causas del comportamiento delictivo y prevenirlo”.
Arqueros indicó que, a la fecha, se han atendido 76 mediaciones derivadas de los tribunales y el Ministerio Público, de las cuales cerca de 60 corresponden a casos de violencia escolar. En ese marco, subrayó que “25 mediaciones se han resuelto favorablemente, mientras que el resto se encuentran en proceso, otras en seguimiento con acuerdo y otros casos que no fueron viables por distintas razones”.
Finalmente, el abogado mediador hizo un llamado a la comunidad educativa de los colegios de la región a conocer acerca de la mediación penal juvenil en beneficio de los estudiantes, a objeto de prevenir la ocurrencia de delitos y evitar la estigmatización de las y los jóvenes.