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A través de la resolución exenta N°269, del 22 de mayo de 2025, la directora nacional del Servicio de Reinserción Social autorizó el llamado público a presentar solicitudes de acreditación para obtener la calidad de mediador acreditado del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil.

I- Postula aquí

*Postulaciones a contar del martes 1 de julio de 2025

Recuerda:

– Haber revisado el Manual de Postulación y todos los documentos de interés dispuestos en la página web.
– El formulario debe ser completado en todos los campos.
– El formulario no puede ser guardado para continuar después. Es decir, debe ser completado y enviado, ya que de otra manera, se perderán los datos ingresados y deberá comenzar de nuevo.

A continuación se indican los documentos requeridos para acreditar el cumplimiento de los requisitos legales y los estándares establecidos.

Los requisitos que cada documento debe cumplir, para constituir un medio de verificación válido y suficiente, se encuentran indicados en el Manual de Postulación y en la Resolución Exenta N°222

Los siguientes antecedentes requeridos se deben enviar al correo secretariaejecutiva@reinsercionjuvenil.cl

DOCUMENTOS INSTITUCIONALES

1.1. Carta de solicitud de acreditación. Descargar

1.2. Formulario de postulación (desde el 1 de julio)

1.3. Copia simple de cédula de identidad.

1.4. Título profesional universitario de las ciencias sociales, humanas o pedagógicas, de una carrera de a lo menos 8 semestres, otorgado por un establecimiento de educación superior reconocido por el Estado.

1.5. Documento/s expedido/s por la entidad educacional respectiva que indique claramente la formación especializada en mediación.

1.6. Documento/s expedido/s por la entidad educacional respectiva que indique claramente la formación especializada en materias de infancia, adolescencia, victimología, proceso penal juvenil y/o justicia restaurativa.

1.7. Certificado de no prohibición de trabajar con menores de edad emitido por el Registro Civil e Identificación.

1.8. Certificado de antecedentes para fines especiales emitido por el Registro Civil e Identificación.

1.9. Certificado de inhabilidades por maltrato relevante emitido por el Registro Civil e Identificación.

1.10. Declaración jurada simple entrega documentos adicionales. Descargar

1.11. Declaración jurada firmada ante notario por la persona natural solicitante, que declara no encontrarse afectado/a por ninguna de las siguientes prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades:

  1. a) Haber sido condenado/a por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los cinco años anteriores a la respectiva solicitud de acreditación;
  2. b) Haber sido sancionado/a por la ley N° 20.609, que establece medidas contra la discriminación.
  3. c) Funcionarios/as públicos/as que ejerzan funciones de fiscalización o control sobre las instituciones acreditadas. Descargar

1.12. Declaración jurada simple que autoriza al Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil a publicar los datos personales que se especifican, por el tiempo que se mantenga vigente la acreditación e inscripción en el Registro de Mediadores/as Penales Juveniles en conformidad a lo exigido en el artículo 34 de la Ley 21.527. Descargar

DOCUMENTOS DIMENSIÓN TÉCNICA

2.1 Título profesional universitario de las ciencias sociales, humanas o pedagógicas, de una carrera de a lo menos 8 semestres, otorgado por un establecimiento de educación superior reconocido por el Estado.

2.2. Documento/s expedido/s por la entidad educacional, de calidad reconocida, que indique claramente el nombre de la persona que aprobó, el área de formación, el número de horas de especialización, el contenido de el o los cursos de formación, los que deben tener relación con las materias tratadas en la Ley 20.084.

2.3 Certificado de experiencia laboral o de prestación de servicios expedido por un organismo público o privado con competencias en mediación en que la persona natural solicitante haya ejercido como profesional mediador/a. Para aquellos casos de profesionales que ejerzan la mediación de manera particular e independiente, deberán presentar declaración jurada firmada ante notario acompañando documentos formales que permitan comprobar la experiencia declarada. Descargar

2.4 Declaración jurada ante notario, donde consta que no ha sido sancionado/a previamente por conductas que contravengan los principios de la mediación. Descargar

II- ¿Qué es la acreditación de personas naturales?

Es el proceso por el cual personas naturales logran obtener la calidad de mediador/a penal juvenil acreditado del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil para implementar los programas a través de los cuales se ejecuten las mediaciones dispuestas en la Ley 21.527.

III- Etapas del proceso

Convocatoria

  • Es el llamado público a participar del proceso que realiza el servicio, en el cual se difunde la información respecto de cómo postular, los requisitos y sus características. 
  • El Manual de Postulación para personas naturales dispone de toda la información relevante para el proceso.

Presentación de antecedentes

  • Fase en que las personas interesadas deben completar y presentar los antecedentes, formularios y demás elementos exigidos, durante el plazo establecido para ello.

Admisibilidad de la solicitud

  • Examen llevado a cabo por la Secretaría Ejecutiva del Consejo, en que verifica que las postulaciones cumplen con la información y documentación exigida. 
  • En caso de existir errores formales, se otorgará al postulante un plazo de 5 días hábiles, desde su notificación, para subsanarlos. Vencido el plazo sin que se hayan subsanado los errores observados, la solicitud se tendrá por desistida. 
  • Cumplido dicho plazo, la Secretaría Ejecutiva levantará un acta que indicará las postulaciones declaradas admisibles. 

Evaluación de la postulación

  • En sesión convocada para este fines, el Consejo de Estándares y Acreditación revisará y evaluará las solicitudes de acreditación.
  • El Consejo podrá aceptar, rechazar o solicitar mayores antecedentes al postulante. En este último caso, los postulantes tendrán un plazo de cinco días hábiles para remitirlos.

Aprobación o rechazo de acreditación

  • El consejo adoptará el acuerdo correspondiente, que aprobará o rechazará la solicitud de acreditación presentada.  
  • Una vez evaluados todos los expedientes, se levantará un acta que contendrá los fundamentos en que se sustenta la aprobación o rechazo, que será formalizada a través de un acto administrativo de la directora nacional, el que será notificado al postulante.

Recursos

  • Contra los acuerdos del consejo sólo procederá el recurso de reposición y, subsidiariamente de reclamación, ante el/la subsecretario/a de Justicia, por el directamente afectado.

IV- Cronograma 2025

ETAPA FECHAS
1 Recepción de postulaciones. 1 al 14 de julio de 2025.
2 Examen de admisibilidad. Hasta el 21 de julio de 2025.
3 Plazo para subsanar errores formales. Dentro de los 5 días siguientes a la notificación.
4 Acta de admisibilidad de solicitudes. Hasta el 1 de agosto de 2025.
5 Evaluación de solicitudes (CEA). 13 de agosto de 2025.
5.1 Requerimiento de mayores antecedentes. Hasta el 18 de agosto de 2025.
5.2 Entrega de mayores antecedentes requeridos. Dentro de los 5 días siguientes a la notificación.
5.3 Evaluación de solicitudes (CEA). 3 de septiembre de 2025.
6 Notificación y publicación de resultados. Hasta el 22 de septiembre de 2025.
7 Presentación de recursos. Dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la resolución respectiva.

ANTECEDENTES DE INTERÉS PARA EL PROCESO

  • Resolución exenta N°269/2025, que autoriza el llamado público a presentar solicitudes para obtener la calidad de mediador acreditado. Descargar
  • Resolución exenta N°222/2025, que formaliza acuerdos del Consejo de Estándares y Acreditación adoptados en sesión n° 41 ordinaria, referidos a la aprobación de formatos e instrumentos de calificación y, pautas de evaluación y aprueba Manuales de Postulación para los procesos de acreditación. Descargar
  • Resolución exenta N° 039/2023, que formaliza acuerdo del CEA referido a la aprobación de estándares de acreditación para personas naturales. Descargar

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Cómo se inicia el proceso de acreditación?

El proceso de acreditación se inicia mediante el llenado del formulario digital “Solicitud de Acreditación”, publicado en el sitio web https://www.reinsercionjuvenil.cl/  y adjuntando los demás antecedentes requeridos al correo electrónico secretariaejecutiva@reinsercionjuvenil.cl.

¿Quiénes se pueden acreditar?

Se podrán acreditar las personas naturales que cumplan con los requisitos, y que no se encuentren afectos a una o más de las inhabilidades que han sido establecidas, conforme a la normativa legal vigente, correspondiente a los artículos 35 septies de la Ley N° 20.084, artículos 36 de la Ley N° 21.527, artículo 45 y siguientes del D.S. N° 56, de 2023, de Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.   y que cumplan con lo dispuesto en el artículo 35 septies y 36 de la ley N°21.527.

¿Cuáles son los Estándares de Acreditación para personas naturales y cómo cumplo con ellos?

Los Estándares de Acreditación se encuentran contenidos en la Resolución Exenta N°39, de 2023, del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, documento que se encuentra disponible en el sitio web del Servicio de Reinserción Social Juvenil https://www.reinsercionjuvenil.cl/

¿Para acreditarse, se debe cumplir con todos los estándares señalados en la Resolución Exenta N° 039, de 2023?

Sí, para resultar acreditado es necesario cumplir con todos los estándares contenidos en la Resolución N° 039, de 2023, del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil.

¿A través de qué medio se realizará la convocatoria?

La convocatoria se publicará en la página web del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, sitio web https://www.reinsercionjuvenil.cl/ y en otros medios oficiales del servicio.

¿Dónde puedo hacer consultas respecto al proceso de acreditación?

Durante el proceso de acreditación las personas naturales interesadas en acreditarse y que tengan dudas respecto del proceso, podrán solicitar acompañamiento al Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, al correo electrónico secretariaejecutiva@reinsercionjuvenil.cl.